De acuerdo con el Decreto Foral 44/2013 de 26 de marzo, que a su vez fue modificado por el Decreto Foral 140/2013 de 19 de noviembre, se modificó el Reglamento por el que se regulan las obligaciones tributarias formales del Territorio Histórico de Bizkaia.
En esta modificación, se estableció que a partir de 01-01-2014, la obligación de llevar un nuevo LIBRO REGISTRO DE OPERACIONES ECONOMICAS y, la correspondiente obligación de informar del mismo a la Administración del contenido del mismo.
El citado libro, es obligatorio para todos los contribuyentes personas físicas y entidades en régimen de atribución de rentas que desarrollen actividades y cuyo rendimiento se determine mediante la Estimación Directa Normal o Simplificada.
Esta regulación, tiene por objeto el unificar en un único libro registro, los libros que hasta el ejercicio 2013, inclusive, se llevaban a efectos del Impuesto sobre la Renta e I.V.A.. Dicho libro deberá incorporarse al MODELO 140 y obligatoriamente se presenta a través de Internet, de manera telemática.
Hay que tener en cuenta que la presentación del mismo, para este ejercicio 2015 y siguientes, será durante el mes de febrero del año siguiente (para el ejercicio 2014 se modificó el plazo de presentación a los meses de mayo y junio de 2015).
Contable
2 diciembre, 2015