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LEGALIZACION ACTAS DE LA SOCIEDAD

En relación a la legalización de las actas de la sociedad y apuntes en los libros registro de socios/acciones, según el artículo 18 de la ley 14/2013, de 27 de septiembre, todos los libros que obligatoriamente deben llevar los empresarios deberán cumplimentarse en soporte electrónico a partir del 1 de Enero de 2015, fecha de entrada en vigor le la ley “Boletín Oficial del Estado del miércoles 8 de julio de 2015”.