La Fiscalía discrepa del polémico criterio adoptado por la Sala de lo Social del Superior Vasco, presidida por Garbiñe Biurrun, por el que se declaran nulos los despidos que vulneren la denominada ‘prohibición de despedir por causas Covid’. Este fue el argumento que sirvió al tribunal para tumbar el ERE de PCB, perteneciente al grupo ITP Aero, que ha sido recurrido al Supremo y está pendiente de su resolución. Es en este marco en el que ha presentado su informe el Ministerio Fiscal y su opinión es que, cuando se considere que un despido obedece a problemas en la empresa derivados a la pandemia, se tendrían que declarar improcedentes, no nulos.
Este es el criterio que se ha impuesto en los tribunales superiores de las demás comunidades, con la sola excepción del País Vasco y Asturias. La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, aplaudió esta interpretación tan diferente en una intervención en el Senado, pero la Fiscalía no comparte su visión. En su informe, que no es vinculante, explica que en los casos en los que el juez estime que los problemas económicos de la empresa vienen del Covid es como un despido sin causa y en esos casos la ley establece que debe declararse improcedente.
La sección del Superior vasco presidida por Juan Carlos Iturri declaró nulo el ERE de PCB en mayo, tras considerar que las causas económicas y productivas venían derivadas del Covid a pesar de las pérdidas registradas desde 2016. Aplicó entonces el criterio aprobado por mayoría en la Sala de lo Social de anular los despidos en esos casos. Hubo, no obstante, un voto particular que discrepaba y abogaba por la improcedencia. La Fiscalía lo respalda.
[Publicado El Correo, 27/10/2021]
Laboral
4 noviembre, 2021