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El Supremo limita la indemnización máxima por despido

A partir de la reforma laboral del 2012 no se podrán generar derechos de indemnización por despido improcedente que superen los 720 días.

El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia que unifica doctrina por la que revisa su anterior interpretación de la reforma laboral y limita la indemnización máxima por despido que podía alcanzarse de acuerdo con su anterior dictamen.

En su último pronunciamiento, el Alto Tribunal deja claro que el máximo indemnizatorio que se puede percibir por despido improcedente será de 720 días o el acumulado hasta el 12de febrero de 2012 si es superior a la cifra anterior, sin que se puedan seguir generando más derechos con posterioridad, según explica Javier Llorente, socio del área laboral de Cuatrecasas.

 

«Aunque no se hubiera alcanzado el máximo indemnizatorio absoluto de las 42 mensualidades, el tiempo de servicios posterior a 12 de febrero de 2012 es inhábil para acrecentar la cuantía fijada», señala la sentencia, cuyo ponente ha sido Antonio Sempere.

 

La reforma laboral de 12 de febrero de 2012 rebajó la indemnización por despido improcedente a 33 días por año y un máximo de 24 mensualidades. Antes de la reforma era de 45 días por año hasta un máximo de 42 mensualidades. La ley determinó que a los trabajadores con contrato anterior a la reforma se les aplicarían dos tipos de cálculo: 45 días por año y 42 mensualidades máximo por el tiempo trabajado hasta febrero de 2012, y 33 días por los años trabajados a partir de la reforma. respecto a la cuantía máxima acumulada, la norma la fijó en 720 días, respetando no obstante que si había superado esa cifra antes de la reforma se consolidad la mayor. Y si estaba por debajo de los 720 días, seguiría generando derechos hasta alcanzar ese límite.

 

Una sentencia del Supremo del año 2014 interpretó que podía seguir generándose derechos después de febrero de 2012 hasta llegar a las 42 mensualidades. Eso lo corrige el dictamen actual.