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CERCA DE 800.000 FUNCIONARIOS INTERINOS ESPERAN QUE LA UE OBLIGUE A ESPAÑA A HACERLOS FIJOS

El TJUE responderá a dos cuestiones prejudiciales de un tribunal español sobre esta situación

Cerca de 800.000 funcionarios interinos y temporales esperan que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) obligue a España a hacerlos fijos. El Tribunal Europeo debe pronunciarse a una cuestión prejudicial presentada por dos juzgados de Madrid, tras la demanda de tres trabajadores interinos y temporales del Servicio Madrileño de Salud que suman entre 12 y 18 años encadenando contratos temporales. Los tres piden su conversión a personal fijo y, aunque todas las sentencias hasta ahora han sido contrarias, la decisión de Bruselas puede ser trascendental para el resto.

Para ingresar en la Administración Pública, se puede entrar como funcionario de carrera o laboral fijo -que entra por oposición- o como funcionario interino o laboral temporal -que ingresa a través de oposiciones sin plaza o de concursos públicos de mérito-. En España, hay cerca de 800.000 empleados interinos, algunos de los cuales llegan a alcanzar hasta 35 años de prestaciones de servicio con un contrato temporal, pero con la particularidad frente a los fijos de la constante amenaza de despido «libre y gratuito».

El abogado general de la Unión Europea debería pronunciarse este jueves a dos cuestiones prejudiciales planteadas por dos juzgados madrileños, pero finalmente no será hasta el 5 de septiembre cuando de su opinión. Después, entre finales de septiembre y principios de octubre, llegará la sentencia definitiva en la que se decidirá si se sanciona o no el abuso de temporalidad en la función pública mediante la obligación de hacerlos fijos (también podría establecerse una indemnización).

No obstante, el abogado Javier Arauz, que se encarga de la defensa de cerca de 5.000 casos como estos, defiende que la temporalidad continuada en la Función Pública contradice la directiva europea 1990/70/CE, relativa al trabajo temporal, que establece dos principios: la no discriminación en ninguna condición de trabajo entre el personal fijo y el temporal y la prohibición del abuso en la contratación temporal sucesiva. Y se aferra a esa normativa europea para advertir sobre una posible sentencia favorable. «La sentencia dará un importante varapalo a las administraciones de España porque es el único país de Europa que no aplica esta directiva», asegura.

Además, según Arauz, tampoco se cumple -al menos no hasta el momento- el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP) que en su artículo 10 obliga a convocar procesos selectivos todos los años, incluidas todas las plazas vacantes servidas por funcionarios interinos en dichas Ofertas Públicas de Empleo (OPEs). Así, según datos de este despacho de abogados, la temporalidad en el Servicio Madrileño de Salud (SERMAS) asciende al 40,20%, con casos como el servicio de Urgencias del Hospital de Getafe o del Hospital Universitario Infanta Leonor que tienen un 100% de temporalidad.

 

[Publicado El Correo 10/07/2019]