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Laboral 22/12/2014
DICIEMBRE 2014
1.- GRATIFICACIONES EXTRAORDINARIAS
El empresario tiene obligación de abonar al trabajador, al menos, dos gratificaciones extraordinarias al año. El abono de una de ellas debe realizarse necesariamente con ocasión de las fiestas de Navidad y el de la otra en el momento que determine el Convenio Colectivo que, además, podrá establecer un número mayor de gratificaciones extraordinarias anuales.
2.- ULTRAACTIVIDAD DE LOS CONVENIOS COLECTIVOS
El Tribunal Supremo se ha pronunciado por primera vez sobre la limitación de la vigencia de los Convenios Colectivos caducados, resolviendo que las condiciones pactadas en los mismos siguen vigentes, aunque estos hayan caducado y se haya agotado el año de prórroga permitido en la Ley. Considera que las condiciones pactadas en el contrato de trabajo, desde el momento mismo de su constitución, tienen naturaleza jurídica contractual y, por ello, siguen siendo exigibles, aunque haya expirado la vigencia del Convenio Colectivo de referencia, pudiendo, en su caso, ser modificadas si concurren circunstancias económicas, técnicas, organizativas o de producción.
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Fiscal 01/12/2014
DICIEMBRE 2014
1. TERRITORIO COMÚN.
1.1 REFORMA FISCAL PARA 2015:
A).- IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS. RETENCIONES 2015.
B).- IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES.
C).- IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO.
D).- IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE NO RESIDENTES.
1.2 Estimación objetiva IRPF y Régimen Simplificado IVA para 2015.2. TERRITORIOS FORALES.
2.1 ÁLAVA.
2.1.1 NUEVOS PORCENTAJES DE RETENCIÓN SOBRE CAPITAL MOBILIARIO, ACTIVIDADES ECONÓMICAS Y GANANCIAS PATRIMONIALES.
2.1.2 NOVEDADES MUY IMPORTANTES EN IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO E IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE NO RESIDENTES.2.2 GUIPÚZCOA.
2.2.1 NUEVOS PORCENTAJES DE RETENCIÓN SOBRE CAPITAL MOBILIARIO, ACTIVIDADES ECONÓMICAS Y GANANCIAS PATRIMONIALES.
2.2.2 NOVEDADES MUY IMPORTANTES EN IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO E IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE NO RESIDENTES.2.3 BIZKAIA.
2.3.1 NUEVOS PORCENTAJES DE RETENCIÓN SOBRE CAPITAL MOBILIARIO, ACTIVIDADES ECONÓMICAS Y GANANCIAS PATRIMONIALES.
2.3.2 NOVEDADES MUY IMPORTANTES EN IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO E IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE NO RESIDENTES.
2.3.3 Impuesto sobre Sociedades: Compatibilidad deducción I+d y bonificación Seguridad Social por personal investigador.
2.3.4 Sucesiones: Eliminación de la reducción por herencia de deuda pública vasca.
2.3.5 Libro Registro de Operaciones Económicas: Aplazamiento de la obligación hasta 2016 para determinados sujetos obligados.3. CRITERIOS DE LOS TRIBUNALES Y DE LAS ADMINISTRACIONES TRIBUTARIAS.
3.1 Sentencias y Resoluciones de los Tribunales. Síntesis.
3.2 Criterios de la Dirección General de Tributos y de las Haciendas Forales. Síntesis.4. CONVIENE RECORDAR.
4.1 Comunicación de variaciones a efectos del Impuesto sobre Actividades Económicas.
4.2 Obligación de formalizar por escrito los contratos alimentarios.
4.3 Plazo de pago en operaciones comerciales de productos agroalimentarios.
4.4 Obligatoriedad del uso de la factura electrónica en la contratación con las Administraciones Públicas, desde el 15 de enero de 2015.5. Consultas resueltas por el ICAC y publicadas en los BOICAC Nº 98 y 99.
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Laboral 26/11/2014
NOVIEMBRE 2014
1.- NUEVO MODELO DE RECIBO INDIVIDUAL DE SALARIOS (NÓMINA)
El día 11 del presente mes se publicó en el BOE la Orden ESS/2098/2014, de 6 de noviembre, por la que se aprueba el modelo de recibo individual de salarios.
2.- DECLARACIÓN DE SALARIOS
Les recordamos que, desde enero de 2014, los empresarios tienen la obligación (art. 109 Ley General de la Seguridad Social), de comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social en cada periodo de liquidación, el importe de TODOS los conceptos retributivos abonados a sus trabajadores, con independencia de su inclusión o no en la base de cotización a la Seguridad Social.
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Fiscal 01/11/2014
NOVIEMBRE 2014
LO QUE CONVIENE RECORDAR, antes de que finalice el año, a efectos de poder reducir, según la normativa vigente en el ejercicio 2014, los importes a pagar por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), así como las principales cuestiones a tener en cuenta en el Impuesto sobre el Patrimonio (IP).
1. INTRODUCCIÓN.
2. IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS: CONCEPTOS ESPECÍFICOS.
2.1 Tratamiento fiscal de los principales conceptos para la declaración de IRPF.
2.2 Disolución de sociedades, separación de socios, reducciones de capital y devolución de primas de acciones.
2.3 Ganancias patrimoniales no justificadas.
2.4 Exención por reinversión de beneficios extraordinarios en enajenación de elementos afectos a actividades económicas.3. PRINCIPALES NOVEDADES EN 2014.
3.1 Haciendas Forales Vascas.
3.2 En Territorio Común.4. IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO.
4.1 Personas obligadas a presentar declaración.
4.2 Exención vivienda habitual.
4.3 Patrimonio empresarial.
4.4 Exención de participaciones en el capital de Sociedades (cotizadas o no) que realicen una actividad empresarial o profesional.
4.5 Límite de cuota íntegra.5. Página Web. Les recordamos que es: www.grupoespinosa.es.
6. ANEXOS.
6.1 Cuadro sinóptico Aportaciones a Entidades de Previsión Social. Territorios Forales.
6.2 Cuadro sinóptico de Prestaciones percibidas de Entidades de Previsión Social. Territorios Forales.
6.3 Determinación de las ganancias patrimoniales, a partir del 1 de enero de 2007 en el IRPF, por la transmisión de elementos:
6.3.A No afectos a actividades económicas.
6.3.B Afectos a actividades económicas.
6.3.C Conceptos que integran la base imponible. -
Laboral 22/10/2014
OCTUBRE 2014
GESTIÓN Y CONTROL DE LOS PROCESOS POR INCAPACIDAD TEMPORAL EN LOS PRIMEROS TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO DÍAS DE SU DURACIÓN.
La emisión del parte médico de baja es el acto que origina el inicio de las actuaciones conducentes al reconocimiento del derecho al subsidio por incapacidad temporal. Es expedido por el médico del Servicio Público de Salud que haya efectuado el reconocimiento del trabajador afectado.
En el caso de que la causa de la baja médica sea un accidente de trabajo o una enfermedad profesional, los correspondientes partes de baja, de confirmación de la baja o de alta serán expedidos por los servicios médicos de la propia Mutua.
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Fiscal 01/10/2014
OCTUBRE 2014
1. TERRITORIO COMÚN.
1.1 Impuesto sobre Sociedades: Capitalización de créditos y tratamiento de las quitas y espera de créditos en empresas deudoras declaradas en “Concurso de Acreedores”. Ídem. en las empresas que son acreedoras.
1.2 Novedades importantes en el IRPF con efectos desde 1 de enero 2014. Novedad en ITP.2. TERRITORIOS FORALES.
2.1 ÁLAVA.
2.1.1 Comunicación a Hacienda de la aplicación del Régimen Especial de Fusiones y escisiones.
2.2 GUIPÚZCOA.
2.2.1 Precios medios de venta de vehículos a efectos fiscales
2.2.2 Nuevo Reglamento del IRPF. Se desarrollan determinadas obligaciones tributarias formales.
2.3 BIZKAIA.
Sin disposiciones de interés publicadas en el período que recoge esta Circular desde Julio/14.3. CRITERIOS DE LOS TRIBUNALES Y DE LAS ADMINISTRACIONES TRIBUTARIAS.
3.1 Sentencias y Resoluciones de los Tribunales. Síntesis.
3.2 Criterios de la Dirección General de Tributos y de las Haciendas Forales. Síntesis.4. CONVIENE RECORDAR.
4.1 ¿Cómo tributa en el IVA el arrendamiento de una vivienda por una mercantil para un empleado?. Criterios administrativos contradictorios.
4.2. Que la constitución a favor de un tercero de un derecho de prenda sobre las devoluciones del IVA no vincula a la Administración Tributaria.
4.3 Cuándo la falta de cobro de una deuda constituye una pérdida patrimonial en IRPF.
4.4 Que no pierde el carácter de vivienda habitual la alquilada por imposibilidad de hacer frente al préstamo hipotecario.
4.5 El parentesco por afinidad en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
4.6 Que el aplazamiento de pago de deudas tributarias requiere generación de recursos suficientes para afrontar el pago de la deuda tributaria.
4.7 La fecha de adquisición de un inmueble adquirido por leasing.
4.8 Que el reembolso de gastos a un empleado no supone obtención de renta.
4.9 Que en la constitución de una S.L. debe consignarse, al menos, el CNAE de la actividad principal.5. CONVIENE CONOCER: PROYECTOS NORMATIVOS.
- Algunas novedades del Proyecto de Ley sobre modificación en el IRPF en Territorio de Régimen Común.
- Tratamiento comparativo con las novedades proyectadas en Territorio Común y las que se aplican en los Territorios Históricos Forales (Bizkaia, Gipuzkoa, Álava/Araba).
- PROYECTO DE LEY SOBRE MODIFICACIÓN EN EL IVA. PRODUCTOS SANITARIOS.