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Laboral 27/05/2014
MAYO 2014
1.- SUSPENSIÓN DEL DERECHO A LA PRESTACIÓN POR DESEMPLEO POR REALIZACIÓN DE TRABAJOS
2.- NUEVA AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE INGRESO DE LA COTIZACIÓN CORRESPONDIENTE A LOS NUEVOS CONCEPTOS E IMPORTES COMPUTABLES EN LA BASE DE COTIZACIÓN AL RÉGIMEN GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
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Laboral 25/04/2014
ABRIL 2014
1.- OBLIGACIONES EMPRESARIALES EN LA CONTRATACIÓN A TIEMPO PARCIAL
2.- MODIFICACIONES EN MATERIA DE PROTECCIÓN SOCIAL DEL TRABAJO A TIEMPO PARCIAL
3.- RECORDATORIO SOBRE LOS CONCEPTOS INCLUIDOS EN LA BASE DE COTIZACIÓN A PARTIR DEL 22.12.2013
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Laboral 26/03/2014
MARZO 2014
1.- REAL DECRETO-LEY 3/2014, DE 28 DE FEBRERO, DE MEDIDAS URGENTES PARA EL FOMENTO DEL EMPLEO Y LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA
Con el objetivo de incentivar la contratación indefinida, el pasado día 2 entró en vigor este Real Decreto, que establece una importante reducción de las cotizaciones empresariales, (la denominada “tarifa plana reducida”), para todas las empresas que contraten indefinidamente (a jornada completa o a tiempo parcial) desde el 25.02.2014 hasta el 31.12.2014.
a) CONDICIONES
b) REDUCCIONES
c) DURACION
d) EXCLUSIONES
e) APLICACIÓN INDEBIDA DE LA REDUCCION
2.- CREACION DE LA UNIDAD ESPECIAL DE COLABORACION Y APOYO
3.- GASTOS DE MANUTENCION Y ESTANCIA O GASTOS DE LOCOMOCION
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Laboral 25/02/2014
FEBRERO 2014
2.- MODIFICACIÓN DE LA BASE MÍNIMA DE COTIZACIÓN DE LOS AUTÓNOMOS QUE HAYAN EMPLEADO A 10 O MÁS TRABAJADORES (REAL DECRETO-LEY 1/2014 DE 24 DE ENERO)
2.- AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE INGRESO DE LA COTIZACIÓN CORRESPONDIENTE A LOS NUEVOS CONCEPTOS E IMPORTES COMPUTABLES EN LA BASE DE COTIZACIÓN AL RÉGIMEN GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
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Laboral 27/01/2014
ENERO 2014
CONCEPTOS INCLUIDOS Y EXCLUIDOS DE LA BASE DE COTIZACIÓN A PARTIR DEL 22 DE DICIEMBRE DE 2013
Con el objetivo de conseguir la sostenibilidad en el Sistema de Seguridad Social, la Disposición Final 3ª del Real Decreto-Ley 16/2013, de 20 de diciembre, de medidas para favorecer la contratación estable y mejorar la empleabilidad de los trabajadores, modificó el artículo 109 de la Ley General de la Seguridad Social, que regula la base de cotización en el Régimen General. Dicho artículo enumera ahora los únicos conceptos que quedan excluidos de la base, de modo que deberán formar parte de la misma cualquiera allí omitido, en metálico o en especie.