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Laboral 04/07/2017
JUNIO – 2017 (6-Laboral)
LA INSPECCIÓN DE TRABAJO REAFIRMA QUE LAS EMPRESAS NO DEBEN LLEVAR UN REGISTRO DE JORNADA DIARIA DE LA PLANTILLA
Tras las sentencias de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo de 23 de marzo y 20 de abril de 2017, que determinaban que las empresas no están obligadas a llevar un Registro de la jornada diaria, salvo el de las horas extraordinarias realizadas, para comprobar el cumplimiento de la jornada laboral y horarios pactados, la Dirección General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social ha dictado una nueva Instrucción 1/2017.
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Laboral 31/05/2017
MAYO – 2017 (5-Laboral)
1.- REGISTRO DE LA JORNADA DIARIA
2.- PROGRAMA DE ACTIVACIÓN PARA EL EMPLEO
3.- SUBVENCIONES DE LA DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA
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Laboral 31/05/2017
ABRIL – 2017 (4-Laboral)
1.- REGISTRO DE LA JORNADA DIARIA
El Tribunal Supremo ha establecido en su sentencia nº 246/2017, de 23 de marzo, que las empresas no están obligadas a llevar un registro de la jornada diaria de toda la plantilla para comprobar el cumplimiento de la jornada laboral y horarios pactados, sino solamente un registro de las horas extraordinarias realizadas.
2.- INCREMENTO DE LA BASE MÍNIMA DE COTIZACIÓN DE LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS
Previsiblemente, la actual base mínima de cotización de los trabajadores autónomos (893,10 euros), que estaba congelada desde el año 2016, se incremente en un 3 % a partir de la entrada en vigor de la Ley de Presupuestos Generales del Estado (prevista para el mes de julio).
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Laboral 29/03/2017
MARZO – 2017 (3-Laboral)
1.- DEVOLUCIÓN DE COTIZACIONES POR RAZÓN DE PLURIACTIVIDAD (ORDEN ESS/106/2017, DE 9 DE FEBRERO, ART. 15)
2.- REGISTRO DIARIO DE JORNADA
3.- SITUACIÓN DE BAJA POR MATERNIDAD
4.- CORRECCIÓN DE ERRORES DEL CALENDARIO OFICIAL DE FIESTAS LOCALES DE BIZKAIA
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Laboral 23/02/2017
FEBRERO – 2017 (2-Laboral)
ORDEN ESS/106/2017, de 9 de febrero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2017
I. RÉGIMEN GENERAL
a) Bases máximas y mínimas de cotización
b) Tipos de cotización
II. MANTENIMIENTO DEL EMPLEO DE TRABAJADORES MAYORES DE 65 AÑOS
III. SUPUESTOS DE PRÁCTICAS FORMATIVAS MEDIANTE PROGRAMAS DE FORMACIÓN Y PRÁCTICAS NO LABORALES
IV. SITUACIÓN DE GUARDA LEGAL O CUIDADO DIRECTO DE UN FAMILIAR
V. SUPUESTOS DE INCAPACIDAD TEMPORAL, RIESGO DURANTE EL EMBARAZO O LA LACTANCIA NATURAL, MATERNIDAD, PATERNIDAD Y SUBSIDIO POR MATERNIDAD O PATERNIDAD A TIEMPO PARCIAL
VI. SITUACIÓN DE PLURIEMPLEO
VII. INGRESO DE DIFERENCIAS DE COTIZACIÓN POR LA APLICACIÓN DE LA ORDEN ESS/106/2017
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Laboral 06/02/2017
ENERO – 2017 (1-Laboral)
1.- MUTUAS COLABORADORAS CON LA SEGURIDAD SOCIAL Y TRABAJADORES AUTÓNOMOS
Las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social son asociaciones privadas de empresarios sin ánimo de lucro creadas para colaborar en la gestión de algunas prestaciones de la Seguridad Social.
Están obligados a adherirse a una Mutua:
- Los trabajadores por cuenta propia o autónomos, en función del nivel de protección que escojan o al que estén obligados:
- Incapacidad Temporal para contingencias comunes
- Contingencias profesionales
- Prestación por cese de actividad
- Riesgo durante el embarazo o la lactancia natural
- Cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave
2.- PERMISO POR PATERNIDAD
Disposición Final Undécima de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016 (Modificación de la Ley 9/2009, de 6 de octubre)