El Tribunal elimina la restricción por la que se impedía cobrarlo al solicitante con cónyuge o hijos que percibiesen algo más de 1.000 euros
El Tribunal Constitucional ha tumbado en una sentencia una de las grandes trabas que introdujo el Gobierno del PP para el acceso al subsidio de desempleo de los mayores de 55 años. Se trata de la disposición aprobada en 2013 por la que se establecía que, para medir los ingresos del solicitante y decidir si era merecedor de la prestación, se debía tener en cuenta todo lo que entraba en la unidad familiar y no solo los recursos del parado. De esta forma, se dejaba fuera a miles de demandantes.
Según datos de UGT-Euskadi, que lleva mucho tiempo reivindicando una rectificación, en el País Vasco se contabilizaban al cierre del año pasado 30.187 parados mayores de 55 años, el 21% del total. De ellos, 10.241 estaban cobrando el subsidio en cuestión y casi 6.000 recibían otro tipo de prestación, como la contributiva. Teniendo en cuenta las grandes dificultades de este último grupo para encontrar un empleo y dejar de necesitar ayuda, se puede decir que la sentencia del Constitucional abre la puerta a que cerca de 20.000 parados vascos mayores de 55 años accedan al subsidio, con un importe de 430 euros mensuales.
Lo que decía la disposición ahora anulada es que, para cumplir el requisito de carecer de rentas, no solo había que mirar la situación del solicitante sino también la del cónyuge y los hijos menores de 26 años. Había que sumar las rentas de todos los integrantes de la unidad familiar y dividir por el número de personas. Si el resultado daba más del 75% del Salario Mínimo Profesional (SMI) -552 euros según los parámetros de este año-, entonces se rechazaba la solicitud del demandante. «A nada que la pareja tuviese un salario de 1.060 euros, quedaba excluido», apuntó ayer en una nota UGT.
La sentencia del Tribunal Constitucional, publicada el pasado sábado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), responde a un recurso presentado por cincuenta diputados del Grupo Parlamentario Socialista. Aunque la inconstitucionalidad se refiere a la incorrecta y abusiva utilización de la fórmula del decreto ley, a efectos prácticos lo importante es que anula la disposición relacionada con el subsidio de desempleo para mayores de 55 años. «Si bien la retroactividad está limitada, los demandantes pueden pedir que se revise su solicitud para que solo se tengan en cuenta sus ingresos individuales con objeto de probar su carencia de rentas», explica Miguel Arenas, profesor asociado de la UAB.
[Publicado El Correo, 11/07/2018]
Laboral
24 julio, 2018