Capitalizar de una sola vez todo lo que a uno le correspondería por la prestación del paro es hoy un poco menos complicado para los autónomos. El responsable de ello ha sido el Tribunal Supremo, que a la vista de las limitaciones que aparentemente podía tener la legislación vigente al respecto, ha optado por flexibilizar su interpretación.
“A los efectos que aquí importan -justicia- lo sustancial es el autoempleo”. El caso enfrentaba al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) con un ciudadano residente en Murcia, que reclamó capitalizar el paro para crear una sociedad de capital, cuando la norma solo reconoce expresamente ese derecho a los autónomos, cooperativistas o trabajadores de una SAL.
[Publicado El Correo, 09/09/2016]
Laboral
26 septiembre, 2016