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2.000 EMPRESAS VASCAS DEBERÁN TENER UN ‘BUZÓN’ DEL EMPLEADO PARA DENUNCIAR CORRUPTELAS

El anteproyecto de ley que desarrolla la directiva de la Unión Europea establece multas de hasta un millón de euros

Del procedimiento sancionador a la zanahoria del acceso a la financiación europea». Ese es el mecanismo que subyace detrás de la intención de la Unión Europea para que se aplique la directiva que obliga a proteger a aquellos trabajadores que denuncien irregularidades en sus empresas. Así lo explica desde el despacho de abogados de Barrilero Martín Bilbao.

 

Por ello, cualquiera de las 1.998 empresas con más de 50 trabajadores que hay en Euskadi deberá tener implantado un canal de denuncias interno que proteja a los denunciantes, si es que quiere acceder a los fondos europeos. Es una de las razones que buscan forzar la activación de esta herramienta para luchar contra la corrupción y las irregularidades en las compañías. La directiva se ha conocido con el sobre nombre de ‘whistleblowers’, en referencia al término inglés que se emplea para hacer sonar el silbato, y busca evitar nuevos casos como el de Edward Snowden, el que denunciara el espionaje masivo de la NSA en Estados Unidos y luego fuera perseguido por las autoridades.

 

Saturación normativa

Las aplicaciones de esta exigencia de la UE no están todavía en los planes de las empresas vascas, que siguen desconociendo en la inmensa mayoría de los casos qué supone o qué deben realizar. Como explica el abogado del bufete de Barrilero, las empresas acusan una «saturación normativa» en la que esta directiva se acumula a exigencias recientes como la implantación de un Plan de Igualdad, la activación de protocolos de responsabilidad legal (Compliance Penal) o el tratamiento de los datos.

En la mayoría de los casos, señala Martín Bilbao, «las compañías esperarán a que llegue el abogado y les anuncié la necesidad de implementar un nuevo protocolo». En este sentido, insiste en la necesidad que van a tener todas las empresas con más de 50 trabajadores de, si todavía no lo han hecho, crear la figura de un responsable o un departamento de cumplimiento normativo que vele por el seguimiento y respeto de estos protocolos.

Este año ha de estar en vigor una medida que también obliga a la Administración Pública y a sindicatos y partidos políticos. Pero el proceso no solo ha pillado a las empresas sin ningún tipo de previsión. Al Gobierno central también el calendario le ha cogido con los deberes sin hacer. Así, el pasado 27 de enero recibió un expediente sancionador de la Comisión Europea por no haber trasladado a la normativa española la directiva. Los Estados miembros de la UE debían adaptar a su legislación esta directriz antes del fin de año pasado, pero solamente hicieron la tarea Suecia, Portugal y Malta.

Un millón de euros de multa

El Consejo de Ministros aprobó un anteproyecto de ley con la transposición de la directiva el pasado 4 marzo. La normativa está en tramitación, pero en este caso va más allá de la directiva europea y sí que abre la puerta a sanciones más duras. Así, las empresas que no establezcan un canal que garantice la ausencia de represalias contra los trabajadores que denuncien irregularidades podrían asumir sanciones de hasta un millón de euros.

Desde el Ministerio de Justicia afirman también que la norma en la que trabaja el Gobierno «es de gran importancia para defender los intereses financieros, ya que son especialmente relevantes en un contexto como el actual en el que se están tramitando los fondos Next Generation en todo el territorio de la Unión Europea».

La obligación de los gobiernos es desarrollar y concretar la normativa a cada país estableciendo el régimen sancionador de acuerdo a su legislación, así como los detalles de aplicación y el reparto competencial para su seguimiento.

El proceso, según explica el abogado Martín Bilbao, será parecido al que se ha tenido que aplicar recientemente con los Planes de Igualdad. Es más, lo más probable, señala, será que el buzón y el canal que se establezca sea el mismo.

El informante será protegido en todo momento para que ni pierda el trabajo ni se sienta señalado u obligado a cambiar sus ocupaciones o tareas en el puesto de trabajo.

Además de los Planes de Igualdad, el ‘compliance penal’ y la Ley de Prevención de Blanqueo de Capitales también prevén mecanismos de este tipo.

 

[Publicado El Correo, 16/05/2022]